11.5. ¿Cómo deben informarse las facturas rectificativas por la concesión de descuentos o bonificaciones por volumen de operaciones? - araba
11.5. ¿Cómo deben informarse las facturas rectificativas por la concesión de descuentos o bonificaciones por volumen de operaciones?
Para el caso de facturas rectificativas en las que la modificación de la base imponible tenga su origen en la concesión de descuentos o bonificaciones por volumen de operaciones, se deberá actuar de la siguiente forma:
Se hará una factura rectificativa, por sustitución “S” o por diferencias “I”, según lo indicado para las facturas rectificativas, con las siguientes especialidades:
- Código de factura rectificativa: R1.
En el bloque de “Facturas Rectificadas Sustituidas”, “ID Factura Rectificada Sustituida”, se identificarán la primera y la última factura a las que afecta la modificación, para indicar el periodo del descuento o bonificación al que se refieren. - En el bloque “Datos Factura”, en el campo “Descripción Factura”, deberá aparecer dentro de la descripción general las palabras “rappel”, “descuento” o “bonificación”.
