17.8. Normalmente, el IVA soportado no deducible por la adquisición de bienes y servicios no da derecho a las deducciones del IS, aunque contablemente su importe forme parte del precio de adquisición de dichos bienes y servicios ¿sucede lo mismo con TicketBAI?
En efecto. Para el cálculo de la base de la deducción TicketBAI no se tendrá en cuenta el IVA soportado no deducible que forme parte del precio de adquisición de las inversiones y gastos necesarios para implantar el sistema TicketBAI.