Financiación de entidades locales

En este apartado las entidades locales del Territorio Histórico de Álava pueden consultar la última información disponible sobre financiación local.

Se incluyen en este epígrafe la distribución y liquidación del Fondo Foral de Financiacion de las Entidades Locales Alavesas, la Aportación Extraordinaria a las Entidades Locales aprobada por Norma Foral 34/2013, de 27 de noviembre,  información sobre recaudación de tributos concertados y sobre las Aportaciones a las Instituciones Comunes de la CAPV. 
 

2025

(Base de cálculo de datos de la distribución definitiva del FOFEL 2024) 

2023

2022

2021

2020

2019

2018

2017

2016

2013

Línea Foral de Financiación

¿Qué es?

Es un instrumento de cooperación financiera de la Diputación, por el que pone a disposición de las Entidades Locales de Álava el capital necesario para la realización de las inversiones, obras y servicios que ejecuten, cuya amortización se realizara de forma aplazada en el tiempo, asumiendo la Diputación el coste financiero de la cuenta de crédito.

¿Cómo se articula?

A través de una línea de crédito que suscribe la Entidad Local con una Entidad Financiera, asumiendo la Diputación el coste financiero de la misma.

¿Cuándo se puede solicitar?

En cualquier momento, pero sólo podrá concederse a una Entidad Local una vez cada ejercicio presupuestario y siempre que la Entidad Local no disponga de recursos propios suficientes para financiar las obras o adquisiciones para las que solicita su concesión.

¿Unidad de referencia?

El Servicio de Promoción y Financiación de Infraestructuras Locales y Supramunicipales (Antes Servicio de Plan Foral de Obras y Servicios) adscrito a la Dirección del Equilibrio Territorial del Departamento de Desarrollo Económico y Equilibrio Territorial de la Diputación Foral de Álava.

  • Obras y servicios incluidos entre los amparables por el Plan Foral de Obras y Servicios, así como los honorarios de redacción de proyecto y dirección de obra necesarios.

  • Adquisición de terrenos o inmuebles destinados a espacios libres, zonas verdes o equipamiento comunitario.

La cuantía máxima no excederá del 50% del coste final de la inversión para la que se solicita.

La cuantificación queda recogida en los apartados 2 y 3 del artículo 30 de la Norma Foral 14/1997, de 24 de abril.

Entre 3 y 10 años. La primera anualidad se pagará el 30 de junio del año siguiente al que se disponga de la última cantidad de la Línea. El pago lo realizará la Entidad Local a la Entidad Financiera prestataria cada año, hasta amortizar la cantidad concedida en su totalidad.

¿QUÉ HAY QUE PRESENTAR?

  • Formulario de solicitud
  • Certificado exposición al público
  • Documentación complementaria que debe adjuntarse:
    • Acuerdo del Ayuntamiento comprometiéndose a la devolución de la cantidad en que la anualidad de amortización supere la cuantía percibida en el ejercicio anterior en concepto de participación en FOFEL. SOLO en el caso en que la anualidad de amortización prevista supere el importe de dicha participación.
    • Acuerdo de las Entidades Locales que componen la Cuadrilla comprometiéndose a abonar la anualidad de amortización de los fondos en caso de incumplimiento por parte de la solicitante. SOLO cuando la solicitante sea una Cuadrilla que no participa en los tributos concertados.

 

¿DÓNDE SE PUEDE PRESENTAR LA SOLICITUD?

Servicio de Promoción y Financiación de Infraestructuras Locales y Supramunicipales.

Plaza de la Provincia 5-2º

 

ASESORAMIENTO Y RESOLUCIÓN DE DUDAS

Servicio de Promoción y Financiación de Infraestructuras Locales y Supramunicipales.

Plaza de la Provincia 5-2º

Título V de la Norma Foral 14/1997, de 24 de abril, reguladora del Plan Foral de Obras y Servicios y de otros instrumentos de Cooperación de la Diputación Foral de Álava a las obras y servicios de las Entidades Locales.