Plan Foral de Obras y Servicios

¿Qué es?

Es un instrumento de cooperación de la Diputación con las entidades locales alavesas orientada la satisfacción de las necesidades básicas del área rural del Territorio Histórico de Álava.

¿Cómo se articula? 

A través tanto del asesoramiento técnico-económico, como de la financiación (en forma de subvención o de línea de crédito sin interés) de las inversiones realizadas por las entidades locales.

¿Unidad de referencia? 

El Servicio de Promoción y Financiación de Infraestructuras Locales y Supramunicipales (Antes Servicio de Plan Foral de Obras y Servicios) adscrito a la Dirección del Equilibrio Territorial del Departamento de Equilibrio Territorial de la Diputación Foral de Álava.

                                                                            

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Información sobre la convocatoria 2024-2025

Decreto Foral 3/2023, del Consejo de Gobierno Foral de 31 de enero. Aprobar las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a las entidades locales del Territorio Histórico de Álava para el periodo 2024-2025 por el Plan Foral de Obras y Servicios, así como su correspondiente convocatoria.

  • Se puede subvencionar un máximo de 1 obra para las entidades locales con menos de 500 habitantes.

  • Si la entidad local solicitante tiene igual o más de 500 habitantes, el número máximo de solicitudes atendibles es de 2.

  • Se podrá atender una (1) solicitud más a los Ayuntamientos que tienen adscritos directamente núcleos de población que no constituyen concejo, siempre que la solicitud sea para realizar la obra en uno de ellos.

El plazo de presentación se inicia con la publicación en el BOTHA de las convocatorias de ayudas y finaliza el 31 de marzo de 2023.

Si fuera precisa la aportación de documentación complementaria que supere la extensión máxima a presentar en un solo registro electrónico se podrá llevar a cabo una nueva presentación que incluya, al menos, la referencia al número o código de registro individualizado al que complementa o información suficiente que permita identificarlo.

Si fuera precisa la aportación de documentación complementaria que supere la extensión máxima a presentar en un solo registro electrónico se podrá llevar a cabo mediante una nueva presentación que incluirá, al menos, la referencia al número o código de registro individualizado al que complementa o información suficiente que permita identificarlo.

Certificado electrónico.

La información sobre las diferentes maneras de acceder a la Sede Electrónica, así como dónde dirigirse para la solicitud de un certificado electrónico emitido por una entidad certificadora se encuentra en el apartado: Conoce la sede- Cómo Accedo.

Una vez adoptado el acuerdo oficialmente sobre las obras y servicios a solicitar, las entidades locales presentarán la solicitud a través de la Sede Electrónica.

  • Formulario de solicitud: El que se rellena en la sede
  • Documentación complementaria que debe adjuntarse:

- Impresos complementarios:

Impreso S1-Informe del técnico asesor en materia urbanística: para todas las actuaciones solicitadas.

Impreso S2-Informe del técnico asesor justificando que la actuación, de coste inferior a 35.000,00 euros, precisa de proyecto técnico para su ejecución: solicitudes de obras con un presupuesto total de obra inferior a 35.000,00 euros

Impreso S3-Informe justificativo de coste de inversión razonable: solicitudes específicas de instalaciones que generen un importante ahorro en el gasto corriente

Impreso SI1-Gastos de expropiaciones: peticiones asociadas a gastos de expropiaciones.

Impreso SI2 (Consorcios) - Certificado de conformidad del Consorcio: cuando la solicitud de la entidad local incluye actuaciones en redes de abastecimiento o saneamiento cuyos servicios se encuentren consorciados.

Impreso SI2 (Otras entidades) - Certificado de conformidad de otra entidad: Cuando alguno de los servicios es prestado por otra entidad distinta a la solicitante

Impreso SE1-Plan de Viabilidad en caso de equipamientos (I) y (II): cuando la solicitud de la entidad local se refiera a obras calificadas como “obras de equipamientos y servicios”.

- Documentación asociada a la petición: 

  • Proyecto, anteproyecto, memoria valorada detallada o estudio de la obra o servicio a realizar.
  • Aquellas solicitudes que incorporen obras de electrificación (sustitución, soterramiento de líneas eléctricas, etc.) deberán venir acompañadas de una propuesta técnico-económica realizada por la compañía propietaria de la red eléctrica.

  • En relación a los gastos de expropiación necesarios para la ejecución de obras de infraestructura básica, proyecto/memoria valorada que debe contener descripción de la actuación a desarrollar que precise la expropiación, detalle de la previsión de las parcelas o fincas a expropiar, con expresión de su extensión y características, así como una valoración de las mismas a efectos de expropiación.
  • Cuando se trate de edificios sometidos a cualquier tipo de protección específica, informe justificativo del carácter singular emitido por el organismo competente, pudiendo ser sustituido éste por la referencia de la publicación oficial aprobando tal clasificación.

Servicio de Promoción y Financiación de Infraestructuras Locales y Supramunicipales.

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