16.6. ¿Se tienen en cuenta las facturas anuladas para el encadenamiento?

Sí.

La anulación de las facturas se prevé para el supuesto en que por error se emite una factura sin que se llegue a producir la entrega de bien o prestación de servicio, es decir,cuando la operación no ha llegado nunca a realizarse y procede su anulación (DGT V0611/ 11-3-2011).

A efectos del encadenamiento, sin embargo, puede ser que la factura anulada sea la inmediata anterior puesto que con independencia de que la anulación puede tener lugar de manera inmediata subsiguiente a la emisión, o en un momento ulterior, el archivo XML-TicketBAI correspondiente a la factura que devendrá anulada debe ser remitida y sirve como factura antecedente a efectos del encadenamiento.

Además, es posible que entre la emisión de la factura que luego se anula y la anulación ulterior puede haberse emitido facturas válidas, por lo que la factura que ulteriormente pueda ser anulada, puede tener la consideración de factura anterior a efectos del encadenamiento.

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