6.2. La fecha de implantación del sistema TicketBAI para los profesionales de la gestión tributaria, por ejemplo, asesorías que llevan contabilidades y representación de sus clientes ante hacienda, ¿es sólo para sus propias facturas o también para todos sus clientes representados?

La obligación de implantar el TicketBAI el 01/04/2022 para las asesoras y los asesores, que sean entidades colaboradoras de la Diputación Foral de Álava, afecta exclusivamente a las entregas de bienes y prestaciones de servicios que efectúen ellos mismos en nombre propio en el marco de su actividad económica; No para sus clientes.

Por tanto, esa obligación no se extiende a la emisión de facturas o justificantes que hagan por haberles sido encomendada esa función de sus representados, que deberán emitir sus facturas (aunque materialmente lleve a cabo tal obligación su representante) cumpliendo los requisitos de TicketBAI en las fechas que les corresponda, atendiendo a los epígrafes y el calendario publicado.

En el supuesto de que expidan facturas o justificantes de sus representados cumpliendo la obligación TicketBAI se considerará que éstos han anticipado la fecha de implantación obligatoria a la fecha en la que el asesor expida una factura en su nombre cumpliendo dicha obligación.

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