Información general y normativa

INFORMACIÓN GENERAL

Deporte escolar es la actividad deportiva organizada que es practicada por escolares en horario no lectivo durante el periodo de escolarización obligatorio.

El objetivo principal es completar el desarrollo educativo de las niñas y niños que lo practican y está orientado a:

  • La educación integral de los niños y niñas garantizando su acceso y participación en condiciones de igualdad al margen de los estereotipos y roles en función del sexo.

  • El desarrollo armónico de su personalidad.

  • La consecución de unas condiciones físicas y una generación de hábitos deportivos que posibiliten la práctica continuada del deporte en edades posteriores y que fomente las prácticas deportivas que permitan desarrollar una forma de vida saludable.

La práctica de la actividad física y del deporte en edad escolar ha de ser preferentemente polideportiva y no orientada exclusivamente a la competición, de tal manera que se garantice que toda la población escolar conozca y desarrolle la práctica de actividad física y del deporte de acuerdo con su voluntad, aptitud física y edad.


NORMATIVA

El deporte escolar desarrollado en Álava está regulado por varias normas.

La Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco, establece en el Capítulo I del Título VII las normas relativas a la actividad física y el deporte en edad escolar.

El Gobierno Vasco, en consonancia con sus competencias en esta materia, realizó el correspondiente desarrollo reglamentario en esta materia a través del Decreto 125/2008, de 1 de julio, de Deporte Escolar. Este decreto tiene como objetivo el establecer unas normas básicas que posibiliten una implantación homogénea del modelo de deporte escolar en la Comunidad Autónoma en los tres territorios históricos, si bien, permite, asimismo, su adaptación a las características sociodemográficas y geográficas de cada uno de ellos.

Ambas normas establecían la competencia de los órganos forales de los territorios históricos para la elaboración, aprobación y ejecución de programas anuales de deporte escolar, así como para la autorización de actividades no incluidas en los programas forales. En consecuencia, las Juntas Generales de Álava aprobaron la Norma Foral 21/2020, de 28 de octubre, de deporte escolar del Territorio Histórico de Álava, por la cual, entre otros aspectos, se habilitaba al titular del Departamento de la Diputación Foral de Álava competente en materia de deporte para dictar cuantas disposiciones fueran necesarias para el desarrollo y ejecución de los programas de deporte escolar.

Así, tras la correspondiente habilitación de la Norma Foral 21/2020, la Orden Foral 50/2021, de 19 de febrero, de la Diputada de Cultura y Deporte, modificada posteriormente por la Orden Foral 90/2022, de 11 de abril, estableció las normas generales de los programas de deporte escolar del Territorio Histórico de Álava, adaptando la legislación autonómica a la particularidad foral.

Por último, anualmente, se aprueba mediante orden foral el programa de deporte escolar del curso correspondiente, en la que, sin modificar los elementos generales de las normas de rango superior, se recogen aquellas singularidades propias de dicha campaña (años de las categorías, fechas de inicio y fin del programa y de las actividades, etc.).

Asimismo, el deporte escolar desarrollado en Álava está vinculado por otras dos normas. Por una parte, por el Decreto 391/2013, de 23 de julio, sobre régimen disciplinario de las competiciones de deporte escolar, de carácter autonómico, y que viene a regular las bases y principios generales del régimen disciplinario de las competiciones de deporte escolar; y, por otra parte, por la Orden Foral 320/2021, de 18 de noviembre, de carácter exclusivamente foral, que establece la normativa reguladora de la inspección del deporte escolar en el Territorio Histórico de Álava.

Presentación utilizada en la sesión informativa de la actividad inspectora de la Diputación Foral de Álava del 1 de marzo de 2023.