Fauna y flora
Planes de Gestión aprobados en Álava
La Diputación Foral de Álava cuenta con herramientas que le permiten gestionar, proteger y conservar algunas de las especies amenazadas del territorio. Actualmente están aprobados los planes de ocho especies de fauna: tres mamíferos (Visón Europeo, Nutria y Lobo), dos aves (Avión Zapador y Águila de Bonelli) y tres peces (Blenio, Lamprehuela y Zaparda),
Avión Zapador, primera especie con Plan de Gestión en Álava.
Vive en galerías excavadas en terrenos de taludes arenosos.
Es una especie migrante. Dispone de colonias de cría en Álava desde abril hasta agosto e inverna en África tropical y ecuatorial.
Aguila de Bonelli o Águila Azor-Perdicera es una especie "en peligro de extinción" en el País Vasco, con una única pareja reproductora en el Territorio Histórico de Álava.
Mamífero más importante en Álava. Junto con el lince ibérico es el mamífero con mayor riesgo de extinción en Europa. Cuenta con Plan de Gestión desde 2003 y se ejecutó un Proyecto LIFE-Naturaleza de Conservación (2000-2004)
La Comisión Europea cofinanció un proyecto LIFE-Conservación Naturaleza (2000-2004) que ayudó a poner en marcha el trabajo para conservar esta especie. Su Plan de Gestión se aprobó en 2003. La especie está catalogada en “Peligro de Extinción” (catálogos vasco y estatal). Álava, junto con el resto de administraciones forales, comunidades autónomas y países europeos, trabaja conjuntamente para tratar de salvar la especie de su extinción. Es muy importante dar continuidad a las actuaciones para lograrlo.
Este mamífero habita en cursos de agua, lagos y embalses que tengan riberas cubiertas de vegetación densa.
Está adaptada a la vida acuática por lo que es una excelente nadadora y buceadora. Casi siempre es nocturna. Tiene una dieta carnívora basada principalmente en peces, cangrejos, anfibios y reptiles. Los recientes estudios genéticos realizados demuestran que sus poblaciones en Álava gozan actualmente de una situación aceptable.
Es un mamífero perteneciente a la familia de los cánidos. Es un gran predador que utiliza los recursos que tiene a su alcance.
En el ámbito europeo, está incluido en el anexo V de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (“Directiva Hábitats”), que incluye aquellas especies de interés comunitario que pueden ser objeto de medidas de gestión siempre que sean compatibles con el mantenimiento en un estado de conservación favorable. Por este motivo en Álava fue aprobado en 2010 su Plan de Gestión.
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Datos y resultados de las indemnizaciones por daños causados por lobo a la ganadería 2008-2024
- Presentación Comité Técnico de seguimiento del Plan de gestión del Lobo. Reunión del 21 de julio de 2016
- Memoria. Censo del lobo en la CAPV
- DF 33/2010 FD. Plan de Gestión del Lobo en Álava
- Daños en la ganadería de lobos
- DECRETO FORAL 61/2008 del Consejo de Diputados de 10 de junio, que aprueba las bases reguladoras de la tramitación de indemnizaciones a los/las titulares de explotaciones ganaderas que sufran daños en el ganado doméstico por ataques de lobo.
- Pagos por Servicios Ambientales y por Compensación por Lucro Cesante. DECRETO FORAL 51/2011
- Ayudas para la producción de queso en áreas con presencia de lobo en Álava
- Pagos por Servicios Ambientales en Álava
- SOLICITUDES DE PSA 2010
Es un pequeño pez dulceacuícola que está en regresión por la alteración y pérdida de hábitats, la contaminación de las aguas fluviales y la introducción de especies acuícolas alóctonas o exóticas.
Habita en tramos medios-bajos de ríos que dispongan de aguas claras y someras y lecho de gravas, cantos rodados y/o piedras de tamaño suficiente como para poder refugiarse y evitar ser depredado.
Su presencia en Álava es una rareza respecto de los ríos del entorno en donde se encuentra una especie piscícola similar, el Cacho o Bagre (S. cephalus). Este pez de tamaño medio no supera los 30 cm de longitud. Ha sido localizada en muy pocos ríos, en tramos profundos y de corriente lenta. Su presencia es escasa, debido al empeoramiento de la calidad de las aguas por vertidos contaminantes de origen tanto industrial como agrícola, a extracciones de agua en periodos de estiaje y a la introducción de especies exóticas/foráneas/alóctonas como la perca americana o el lucio.
Este pequeño pez tiene la boca hacia abajo rodeada de seis cortos barbillones. Vive en los tramos altos o medios fluviales de aguas limpias y bien oxigenadas, poco profundos y de corriente moderada.
En Álava solo se ha podido constatar la presencia de una población en el río Omecillo.
- Orden Foral 229/2015, de 22 de mayo, por la que se aprueba el Plan Conjunto de Gestión de las aves necrófagas de interés comunitario de la Comunidad Autónoma del País Vasco, redactado conjuntamente por la Administración General del País Vasco y las Diputaciones Forales de Álava-Araba, Bizkaia y Gipuzkoa
- Plan de Gestión Aves Necrófagas País Vasco.
- Informe de respuesta a las alegaciones presentadas
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Las víboras están presentes en la práctica totalidad del territorio alavés, escaseando en la Rioja Alavesa por los usos agrícolas intensivos del medio. Las dos especies que habitan en Álava tienden a excluirse entre sí debido a sus requerimientos ambientales. La víbora cantábrica ocupa la mitad norte de la provincia, más húmeda, mientras que la víbora áspid se distribuye por la mitad sur y oeste. La ciudad de Vitoria-Gasteiz se encuentra en una franja de solapamiento de ambas especies, donde es común observar ejemplares híbridos.
Legislación básica de aplicación en Álava
La normativa fundamental en Euskadi es la Ley 9/2021, de 25 de noviembre, de conservación del patrimonio natural de Euskadi. En 1996 se aprobó el Decreto 167/1996 que regula el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas de la Fauna y Flora, silvestre y marina. La última modificación del mismo se recoge en la Orden de 10 de enero de 2011.
En el ámbito estatal se dispone de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y el Real Decreto 139/2011 que contiene el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
En el ámbito europeo son de aplicación las Directivas HÁBITATS 92/43/CEE y la de AVES 2009/147/CE (actualización de la anterior 79/409/CEE).
Situaciones especiales reguladas en Álava
Información adicional sobre situaciones concretas reguladas en Álava.
En el Territorio alavés se ha intentado dar respuesta a cuestiones que afectan a la ciudadanía y a la conservación de la biodiversidad, atendiendo en lo posible situaciones que de otra manera podrían ser conflictivas.
Normativa de Tenencia de Aves Fringílidas en Álava. Seguimiento de Poblaciones
En aplicación de la normativa europea, en Álava no se conceden autorizaciones de captura excepcional de aves fringílidas destinadas a la cría en cautividad con el objeto de incrementar sus características de canto y belleza.
Los criadores poseedores de aves fringílidas tienen obligación de registrar la tenencia de estas aves en el Registro Oficial del Servicio de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Álava.
La normativa específica de captura y tenencia de 2001, se modificó en 2016, derogándose las autorizaciones de captura excepcional y manteniendo la regulación de tenencia de aves.
En Álava se estuvo haciendo un seguimiento de estas aves fringílidas, jilguero, verderón, verdecillo y pardillo, para comprobar su evolución y la posible incidencia sobre las poblaciones de la captura antes permitida.
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ORDEN FORAL 166/2001, de 19 de abril, que establece la normativa para autorizar, con carácter excepcional, la captura en vivo y tenencia de ejemplares de determinadas aves fringílidas silvestres, en el Territorio Histórico de Alava. (Parcialmente derogada en 2016)
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Orden Foral 150/2016, de 20 de junio. (derogatoria)
Tras años de declive poblacional, desde los años 80 se está produciendo un incremento de colonias de nidificación en Álava.
El buitre leonado es una especie declarada de Interés Especial. Se efectúa un seguimiento de la especie y sus movimientos de manera coordinada con otras administraciones autonómicas y europeas.
El buitre leonado, puede ocasionar daños en las especies ganaderas en ocasiones de debilidad o pérdida de movilidad, por lo que desde 2003 la Diputación Foral de Álava regula el régimen de indemnizaciones de los daños causados sobre ganado doméstico.
La Diputación Foral de Álava puso en marcha en 2010 la concesión de estos pagos como herramienta para remunerar las actuaciones humanas que garantizan la conservación de especies, hábitats y espacios.
La remuneración de los Servicios Ambientales contribuye al uso sostenible y a la conservación de la biodiversidad y del patrimonio natural. Las diferentes categorías abarcan la conservación de: los hábitats pascícolas de interés mediante al pastoreo de ganado ovino, las especies de flora amenazada, las especies de aves necrófagas, las especies de anfibios amenazadas, las colonias de murciélagos y los árboles singulares.