Prestaciones económicas para personas con discapacidad

Prestación económica mensual dirigida a personas con discapacidad que carecen de ingresos para hacer frente a las necesidades básicas de la vida. Su cuantía es muy reducida.

 

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La pensión no contributiva por invalidez asegura una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios a aquellas personas que acreditan un determinado grado de discapacidad y no cuentan con recursos, aunque no hayan cotizado o lo hayan hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.

 

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Prestación económica destinada a las personas perceptoras de pensiones no contributivas que residan de manera habitual en una vivienda alquilada, se concreta en un pago único al año.

 

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Prestación económica para atender los gastos originados por desplazamientos fuera de su domicilio habitual de aquellas personas con discapacidad que se encuentran con graves dificultades para utilizar transportes colectivos.

 

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Constituye el objeto de estas ayudas mejorar la calidad de vida de las personas a quienes se dirigen, atender a las necesidades surgidas de su situación de discapacidad y favorecer su autonomía, mediante la concesión de una ayuda económica que compense total o parcialmente los gastos que las personas destinatarias de estas ayudas tengan que efectuar para adquirir un producto de apoyo y/o realizar adaptaciones en la vivienda habitual o en el vehículo particular.

A quién se dirigen

  • Personas con reconocimiento de discapacidad o reconocimiento de discapacidad y dependencia empadronadas en cualquiera de los municipios del Territorio Histórico de Álava.
    Tener empadronamiento y residencia efectiva en el THA mínimo 1 año consecutivo antes de la solicitud.
  • Con carácter general grado de discapacidad igual o superior al 33%, y con carácter específico, aquellos otros que se indiquen en el Anexo 2 catálogo de ayudas susceptibles de ser subvencionadas, requisitos específicos y cuantía máxima subvencionable.
  • Que el producto de apoyo solicitado esté relacionado con el tipo de discapacidad reconocida.
  • Para mayores de 65 años tener reconocida la discapacidad global y específica, con antelación de dicha edad.
  • No superar el baremo económico.

 

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Constituye el objeto de estas ayudas mejorar la calidad de vida de las personas a quienes se dirigen, atender las necesidades surgidas de su situación mediante la concesión de una ayuda económica que compense los gastos que tengan que efectuar para recibir atención especializada.

Requisitos

  • Tener de 0 a 6 años de edad.

  • Tener su residencia efectiva a más de 35 kilómetros de Vitoria-Gasteiz.

  • Encontrarse empadronadas en los municipios del Territorio Histórico de Álava en el momento inmediatamente anterior a la fecha de solicitud y continuar empadronadas durante toda la tramitación del expediente. Alternativamente, en virtud del convenio de colaboración en desarrollo del acuerdo-marco sobre el enclave de Treviño en materia de integración y atención social a personas mayores, personas con discapacidad y dependientes, encontrarse empadronadas en cualquiera de los municipios del enclave de Treviño durante un periodo mínimo ininterrumpido de un año, que habrá de ser inmediatamente anterior a la fecha de solicitud, y continuar empadronadas durante toda la tramitación del expediente.

  • Realizar el tratamiento en una entidad autorizada por el Servicio de Registro e Inspección de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Álava, excepto que la intervención se hubiera comenzado dentro de un programa de atención temprana iniciado con anterioridad al 1 de febrero de 2020, o que dicho tratamiento, por motivos de cercanía, sea realizado en otra provincia o comunidad autónoma al no existir en el territorio histórico un centro autorizado a menor distancia de 35 kilómetros del domicilio, en cuyo caso se atenderá a la normativa vigente en dicho territorio en relación a la autorización/acreditación del funcionamiento de centros.

  • Presentar trastornos del desarrollo o riesgo de padecerlos, y que así se haya valorado por el órgano competente.
     

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Con esta ayuda económica  se contribuye a  mejorar la vida de aquellas personas con graves dificultades de movilidad  que no pueden hacer uso del transporte colectivo ordinario.

El abono para el transporte se realiza a través de una tarjeta prepago nominativa, en la que se carga el importe concedido para que pueda ser utilizado en el servicio de taxi como medio alternativo de transporte.

 

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