Infancia y adolescencia en desprotección

 

INFANCIA Y ADOLESCENCIA EN DESPROTECCIÓN

El principal objetivo de los servicios sociales dirigidos a la infancia es salvaguardar los derechos de los niños, las niñas y jóvenes y proporcionarles un entorno estable y seguro en el que tengan satisfechas sus necesidades básicas.

Las madres y padres son sin duda la mejor fuente de protección para las niñas, los niños y jóvenes, pero hay situaciones en que algunas personas tienen dificultades para responder a las exigencias del rol parental y no son capaces de proteger adecuadamente a sus hijos e hijas y tampoco bastan los sistemas normales de apoyo a la familia para contrarrestar este tipo de situaciones.

Los servicios sociales  únicamente  intervienen  cuando los padres, madres, familia, servicios comunitarios tiene dificultades para cumplir adecuadamente sus obligaciones y eso provoca que una o un menor de edad pueda sufrir un daño significativo en su bienestar, llegando a situaciones graves de desprotección.

La Diputación Foral de Álava tiene encomendado el desarrollo de las competencias en materia de protección de menores, cuya función es apoyar a las madres y padres a cuidar  adecuadamente a sus hijos e hijas y si fuera necesario deberá actuar para protegerles sustituyendo a las figuras parentales temporalmente mientras esto se consigue. El Consejo del Menor se encarga de  estudiar y aprobar la propuestas del Departamento de Políticas Sociales sobre guarda y custodia provisional y acogida familiar de menores en situación de desprotección y también  de la supervisión  de las personas o familias encargadas de acoger a los y las menores.

infancia y adolescencia en desprotección

 

 

 

VALORACIÓN Y DIAGNÓSTICO DE LA DESPROTECCIÓN

En el momento que hay constancia de que un o una menor está en situación de desprotección es cuando intervienen los servicios sociales, y es en este servicio donde se identifica, diagnostica y se determina el grado de desprotección en el que se encuentra el niño o la niña, orientando hacia el  recurso o los apoyos más adecuados para dar respuesta a las necesidades detectadas.

También se proponen las medidas de protección que requiera el caso y se investigan aquellas situaciones de urgencia. 

Cuando la situación de desprotección alcanza una importante gravedad, los servicios sociales de protección de menores deben adoptar determinadas medidas legales en el caso en que se determine que una persona menor de edad tenga que ser separada de su familia.

  • La tutela se ejerce en los casos en que hay constancia clara de situaciones de desamparo de un niño o una niña, suspendiendo temporalmente la patria potestad de los padres. En las situaciones de urgencia se procede a una tutela provisional.

  • La guarda de una persona menor de edad, cuenta con la solicitud de los padres, madres o responsables legales y se produce en ciertas situaciones en las que no pueden dar cobertura a sus hijos e hijas, durante el tiempo que sea necesario. La guarda tiene un carácter provisional en casos de urgencia.

Esto significa que si se declara una situación de desamparo el niño o la niña deja de convivir con su familia y pasa a un recurso de la Diputación Foral de acogida residencial o a una familia de acogida y es la propia Diputación quien asume la tutela del o de la menor, quedando los padres suspendidos de la patria potestad temporalmente.