PERSONAS CON DISCAPACIDAD

personas con discapacidad

 

Los hombres y mujeres con discapacidad, aún hoy, han de luchar por conseguir una ciudadanía plena y una igualdad de derechos y oportunidades efectiva en la sociedad, puesto que el medio social todavía presenta barreras creadas a base de prejuicios y actitudes y también barreras físicas en el entorno, que a menudo obstaculizan que su participación tome cuerpo real en la sociedad.

Los servicios de atención y prestaciones dirigidas a personas con discapacidad están orientadas a garantizar la autonomía personal, la libertad y la independencia, y a remover los obstáculos que puedan impedir esa participación e inclusión plena en la comunidad, promoviendo el respeto y el reconocimiento de la diferencia y de la diversidad como parte de la condición humana, unas características que aportan mayor riqueza de valores y talentos a nuestra sociedad.

VALORACIÓN DE LA DISCAPACIDAD

Según el Convenio sobre los derechos de las personas con discapacidad, se entiende como tales "a aquellas personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás personas"

 

Pasos a seguir para obtener el reconocimiento de la situación de discapacidad 

La persona solicitante o en su caso, quien tenga atribuida la representación legal de la misma o bien quien ejerza la guarda de hecho de dicha persona solicitante ha de presentar una solicitud y la documentación correspondiente.

 

 

Tramitar

Se le comunicará por escrito la fecha y la hora en la que la persona  deberá acudir al Servicio de Valoración y Diagnóstico de la Discapacidad del Instituto Foral de Bienestar Social para realizar la valoración.

Se seguirán los criterios que indica la legislación vigente, en concreto Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre de procedimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, modificado por Real Decreto 1364/2009 y Real Decreto 1364/2012, en donde figuran los baremos a aplicar.

Para la determinación del grado de discapacidad, al porcentaje que se obtenga de la valoración anterior se le añade la puntuación obtenida de la aplicación del baremo relativo a factores sociales complementarios (ámbito familiar, situación laboral y profesional, niveles educativos y culturales, entorno).

El órgano de valoración realiza los reconocimientos, entrevistas y otras pruebas que considere necesarias para valorar la situación de la persona solicitante.

La persona recibirá por correo, en un plazo máximo de tres meses, desde la recepción de la solicitud por parte del IFBS, la resolución adoptada que irá acompañada del dictamen técnico de valoración, indicando:

 

  1. El grado de discapacidad
  2. El resultado de la evaluación de la existencia de dificultades de movilidad para la utilización de transporte colectivo
  3. El carácter temporal o definitivo de la calificación
  4. El plazo de validez si la calificación es temporal
  5. Fecha de efectos 

Una vez reconocido el grado de discapacidad de una persona, no podrá solicitar una nueva valoración hasta pasados dos años, salvo que hubiera una mejoría o empeoramiento de la discapacidad o debido a errores de diagnóstico o de aplicación de los baremos.