Servicios de atención para personas con discapacidad

Apoyo a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica

La Ley 8/2021, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, se basa  en el principio de que todas las personas deben tener los mismos derechos e igualdad de condiciones en cuanto  a su capacidad jurídica e  introduce una serie de novedades encaminadas a  asegurar que se respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona.
 

Figuras y medidas de apoyo

Son las medidas establecidas por una persona, en previsión de una futura falta de capacidad.

La persona que necesite apoyos puede decidir quién o quienes facilitarán esos apoyos, las medidas concretas relativas a su persona o a bienes, el alcance de las facultades que se otorgan a la persona que presta esos apoyos, las salvaguardas para evitar abusos, conflictos de intereses o influencia indebida, así como los mecanismos y plazos de revisión de esas medidas.

Estas medidas voluntarias se han de establecer en escritura pública notarial, y para que consten, el notario las comunicará de oficio al Registro Civil.

La persona que ya vienen ejerciendo la función de guarda de hecho  o quien desee prestar el apoyo de una persona con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, continuará con el desempeño de su función, incluso si existen medidas de apoyo de naturaleza voluntaria o judicial, siempre que éstas no se estén aplicando adecuadamente.

Las medidas tomadas por la autoridad judicial se adoptan cuando las medidas de naturaleza voluntaria y la guarda de hecho no existen o resultan insuficientes. Son medidas supletorias y complementarias que respetarán siempre la máxima autonomía de  la persona en el ejercicio de su capacidad jurídica y atenderán siempre a su voluntad, deseos y preferencias.

Curatela

Es una medida formal de apoyo que se aplicará a quienes precisen el apoyo de modo continuado. Su contenido y extensión se precisará en la resolución judicial  en armonía con la situación y circunstancias de la persona con discapacidad y con sus necesidades de apoyo, en ella se concretarán los actos para los que se requiere la intervención de la persona curadora

Defensa judicial

Esta figura se establece cuando la necesidad de apoyo de la persona con discapacidad es ocasional, aunque recurrente, es decir, precisa de un apoyo para alguna o algunas actuaciones y a veces la necesidad de dicho apoyo puede repetirse varias veces.


La revisión de estas medidas se puede exigir cada vez que existan circunstancias que la justifiquen. No obstante, serán revisadas de oficio cada tres años o, excepcionalmente cada seis años.

Otros servicios

Servicio destinado a ayudar a las personas en situación o en riesgo de dependencia, a permanecer en su domicilio, ofreciendo una ayuda de  atención doméstica y personal para facilitar su desenvolvimiento en el domicilio y la integración en el entorno comunitario, evitando situaciones de aislamiento.

 

El servicio de atención temprana se orienta a niños y niñas de edades comprendidas entre los 0 y 6 años que presentan necesidades especiales, transitorias o permanentes, originadas por deficiencias, alteraciones en el desarrollo o riesgo de padecerlas.

Es un servicio gratuito y consiste en un conjunto de intervenciones mixtas e interdisciplinares que reúne componentes sanitarios, educativos y sociales, orientadas a favorecer el óptimo desarrollo y la máxima autonomía personal de las y los menores. Su objetivo es minimizar y, en su caso, eliminar los efectos de una alteración o discapacidad, así como la aparición de discapacidades añadidas, mejorando la plena integración familiar, escolar y social y la calidad de vida de las niñas y niños y de  su familia.

Valoración de la necesidad de atención temprana: cuando los servicios sanitarios o educativos públicos (Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Atención Temprana o Generales) detectan que el/la menor tiene algún trastorno en el desarrollo o un riesgo de padecerlo, lo derivan al ámbito de los servicios sociales. En ese momento la familia ha de solicitar la valoración de la necesidad de atención temprana. 

El equipo de valoración se encargará de valorar las necesidades de aquellos niños y niñas con problemas en su desarrollo o con riesgo de padecerlos y realizar el Plan de Intervención ajustado a la valoración realizada.

Por su parte, el equipo de intervención formado por profesionales de diferentes disciplinas se ocupa de llevar a cabo dicho plan, para ello actúan con un enfoque integrativo y a partir de una programación individualizada, en coordinación con el equipo de valoración y con otros servicios sociosanitarios y educativos implicados en la atención del niño o de la niña.

Tratamientos:

  • Atención sociofamiliar (psicológica, trabajo social,…).

  • Atención terapéutica (estimulación, fisioterapia, psicolomotricidad, logopedia y psicoterapia). 

 

Tramitar

Su objetivo es facilitar la autonomía de las personas con discapacidad en todas las actividades de la vida diaria, su participación e integración social mediante la provisión de información contrastada y personalizada sobre soluciones tecnológicas de apoyo.

Se informa y asesora sobre:

  • Acesibilidad (Supresión de barreras arquitectónicas en los accesos a la vivienda, adaptación de vehículos particulares, usabilidad de dispositivos de información y comunicación).

  • Adaptación funcional de viviendas.

  • Comunicación aumentativa.

  • Productos de apoyo.

 

Tramitar

El apoyo para facilitar el desarrollo de un proyecto de vida independiente se conforma a través de un conjunto de  medidas- servicios, prestaciones económicas o ventajas de otra naturaleza- que  contribuyen a que las personas con diversidad funcional puedan disfrutar de las mismas oportunidades de vida y de las mismas posibilidades de elección y de participación que el resto de la ciudadanía.

Además de los apoyos vinculados al ámbito de los servicios sociales también forman parte otras medidas que directa o indirectamente están orientados a esa finalidad en ámbitos como el urbanismo, la vivienda, la educación, el empleo, la sanidad o la garantía de ingresos, por mencionar las principales.

Las medidas concretas  vinculadas a la vida independiente están orientadas a facilitar:

  • El desenvolvimiento autónomo de las personas con diversidad funcional en su vida cotidiana, tanto en relación con la realización de las actividades básicas e instrumentales de la vida diaria como en relación con las actividades de participación social.

  • El ejercicio de su derecho de decisión y de elección con respecto a la forma de vida que desean llevar sin que se vean obligadas, si no lo desean, a ingresar en servicios residenciales debido a sus necesidades de apoyo.

Tipos de apoyos:

  1. Asistencia personal
  2. Programas de apoyo
  3. Accesibilidad

Servicio de transporte puerta a puerta, dirigido a personas con limitaciones en su autonomía derivadas de déficit de movilidad. Se presta mediante vehículos adaptados a las necesidades de personas que utilizan productos de apoyo a la movilidad (sillas de ruedas, camillas, andadores, u otros). Permite a estas personas hacer desplazamientos que no podrían realizar mediante la red pública de transporte, cuando necesitan desplazarse para realizar actividades no habituales.

Este servicio pretende favorecer la autonomía de las personas y cuenta para ello con la colaboración de otros departamentos de las administraciones públicas con responsabilidad en materia de movilidad y transporte.

 

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Centro de día para personas con discapacidad

Ofrece, temporal o permanente,  atención integral a las personas en situación de dependencia y/o discapacidad, dirigido a mejorar o mantener su nivel de autonomía personal, facilitar su participación en el entorno comunitario y dar apoyo a las personas cuidadoras.

Tipos de servicio:

1. Centro de día para personas con discapacidad intelectual con alta necesidad de apoyo.

2. Centro de día para personas con trastornos del espectro autista (TEA).

3. Centro de día para personas con discapacidad física u orgánica.

 

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Centro de día para personas con enfermedad mental

Es un servicio que ofrece, de manera temporal o permanente, atención individualizada e integral, durante el día, a personas con enfermedad mental crónica. Para ello un equipo profesional multidisciplinar organiza y coordina una serie de actuaciones orientadas a  proporcionar una atención habilitadora integral que facilite su desarrollo personal y social, su autonomía y su integración social.

 

Tramitar

Desde este servicio se promociona la participación activa de las personas con discapacidad y/o con enfermedad mental en la vida social, a través de programas de desarrollo personal que giran en torno a la actividad productiva con el fin de favorecer su acceso al empleo, cuando resulte posible.

 

Su objetivo es facilitar el desarrollo sociolaboral de las personas usuarias, fomentando su autonomía personal, su autodeterminación y un mayor reconocimiento y valoración social de las mismas.

 

 

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Residencia y vivienda con apoyo para personas con discapacidad

Son alojamientos destinados a personas con discapacidad intelectual, física o sensorial en situación de dependencia para la realización de las actividades básicas de la vida diaria o necesidad de apoyos para su autonomía personal, que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su domicilio habitual.

Se ofrece apoyo y supervisión en las actividades de vida diaria para fomentar su desarrollo personal favoreciendo su inserción social y la mejora en su calidad de vida. El servicio se organiza de forma diferenciada teniendo en cuenta el tipo de discapacidad y de la intensidad del apoyo necesario.

 

Tramitar
 

Residencia y vivienda para personas con enfermedad mental

Los centros residenciales atienden a personas con enfermedad mental que requieren supervisión continua y/o ayuda para realizar actividades de la vida diaria, contando con personal cuidador de forma permanente.

Ofrecen alojamiento y apoyo para mejorar sus capacidades y habilidades, personales y relacionales, de los y las residentes, a fin de favorecer su desarrollo personal, su integración y su participación en el entorno cotidiano, y, en general, mejorar su calidad de vida.

Se proporcionan diferentes niveles de apoyo individualizados y adaptados a las necesidades cambiantes de las personas usuarias. Son servicios de estancia temporal, larga estancia o estancia permanente.

 

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Programa Zainduz para el apoyo a personas cuidadoras 

Es un programa de intervención integral que actúa a diferentes niveles -individual, familiar y comunitario.

Ofrece a cuidadores y cuidadoras  de personas en riesgo o en situación de dependencia  que forman parte de su red socio-familiar de apoyo y que viven en el medio rural , la posibilidad de  adquirir conocimientos y habilidades de cuidado que permitan mejorar los cuidados y la calidad de vida de las personas que cuidan.

  • Encuentros de formación para las personas cuidadoras no profesionales

  • Apoyo a las personas cuidadoras no profesionales, tales como:

    •  Apoyo psicológico familiar en domicilio

    • Grupos de ayuda mutua

  • Asesoramiento en adaptaciones en el entorno y pautas de entrenamiento para las actividades de la vida diaria en el domicilio.

 

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