Se consideran caminos rurales las vías de comunicación de titularidad pública que enlazan núcleos de población y carreteras con fincas rústicas, ríos, bosques, montes, terrenos comunales o pastizales y están destinados preferentemente al servicio de las fincas o de las explotaciones agrarias-

Es el registro donde se inscriben todos los caminos rurales que han sido subvencionados por la Diputación Foral de Álava, los caminos ejecutados con motivo de Concentración Parcelaria y todos aquellos cuyos titulares (Entidades Locales) han solicitado sean incluidos en este Registro.

Los caminos que se encuentren en el Registro de Caminos Rurales, se encuentran sometidos a la Norma Foral para el Uso, Conservación y Vigilancia de Caminos Rurales del Territorio Histórico de Alava 6/95 de 13 de febrero de 1995 (B.O.T.H.A. de 27 de febrero de 1995).

En cada ficha correspondiente a un camino rural, se detallan los siguientes datos: titular del camino, características generales y observaciones, acompañando un plano de situación del camino.

Consulta en el mapa los caminos rurales registrados

 

Implica que la vigilancia de los caminos, la competencia para sancionar y las funciones técnicas (elaboración de proyectos de diseño y reparación) se ejerce por parte de Diputación Foral de Álava. El resto de funciones, incluido el mantenimiento de los caminos, competen a su titular.

El uso común general es aquel que no excede el límite de 40km/h ni de 9 t/eje. La circulación con vehículos pesados que superen esta carga se considera un uso especial y por tanto, requiere de la correspondiente autorización.

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Además, en caso de tener que reparar el camino se debe obtener la correspondiente autorización emitida por el Departamento de Agricultura.

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