Aprovechamiento de hongos, flores y frutos silvestres

Pautas sobre cómo realizar la recogida de hongos:

  • La recogida de hongos y setas en el Territorio Histórico de Álava es libre hasta 2 kg por persona y día, salvo en terreno acotado y debidamente señalizado.

  • El departamento de agricultura podrá limitar los días de recogida para proteger el recurso

  • Se prohíbe remover el suelo y arrancar las setas.

  • No se emplearán más útiles de recolección que un cuchillo o navaja.

  • Se recogerán en cestas que permitan su aireación y la caída al exterior de las esporas. Se prohíbe la utilización de bolsas de plástico, mochilas o similares para su recogida.

  • No se podrán recolectar hongos en las primeras fases de desarrollo.

  • Se dejarán en el lugar los ejemplares que se vean pasados, rotos o alterados.

  • Le recogida de hongos con fines científicos, de identificación, colección u otros, se limitará a tres ejemplares.

  • Solo se podrá deteriorar la seta con fines de identificación taxonómica

  • Se prohíbe la recogida desde la puesta de sol hasta su salida.

 

Pautas sobre cómo realizar la recogida de hongos y plantas:

  • La recogida de frutos silvestres es libre hasta 2 kg. por persona y día.

  • Para las plantas herbáceas y flores de uso medicinal, decorativo o culinario los límites son de un manojo por persona y día de plantas herbáceas y flores que se recolecten en mano y de 200 gr. de peso en verde por persona y día de plantas o flores que se recolecten en algún tipo de recipiente.

 

Terrenos acotados en Álava

 

Normativa

DECRETO FORAL 89/2008, del Consejo de Diputados de 14 de octubre, que regula la ordenación de los aprovechamientos de hongos, plantas, flores y frutos silvestres en el THA. 

 

Pautas sobre cómo realizar la recogida de trufas, miel y plantas leñosas:

  • El aprovechamiento de trufas, miel y plantas leñosas comno brezos, bojes y árboles no es libre y requerirá autorización expresa.

  • Prohibiciones y sanciones

    • La recolección de especies protegidas o catalogadas como amenazadas está prohibida por la Ley.

    • El incumplimiento de esta normativa puede traer aparejadas multas de entre 30 y 250 euros, así como el decomiso de lo indebidamente aprovechado y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.