Tablas de amortizaciones

Periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2014.

Se considera que la depreciación del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias es efectiva cuando sea el resultado de aplicar los coeficientes de amortización establecidos en la siguiente tabla:

 

Elementos patrimoniales Coeficiente anual máximo

Edificios para casa-habitación y oficina, uso comercial y/o servicios

3

Edificios y pabellones para uso industrial

5

Instalaciones

20

Maquinaria para usos industriales

20

Maquinaria para otros usos

15

Buques y aeronaves

10

Autobuses, camiones, furgonetas y similares

20

Vehículos de turismo

20

Moldes, modelos, troqueles y matrices

33,33

Útiles y herramientas

33,33

Mobiliario

15

Equipos informáticos

33,33

Películas de vídeo para alquiler

50

Otros elementos no especificados

10

El período máximo de amortización de los elementos patrimoniales será de 15 años, excepto en el caso de los inmuebles, en que será de 50 años, y en el de buques y aeronaves, en que será de 25 años.

Los contribuyentes podrán solicitar la aprobación de un plan especial de amortización de los regulados en la letra b) del apartado 2 del artículo 16 de esta Norma Foral cuando, en virtud de las circunstancias económicas o técnicas concurrentes, sea preciso establecer un período máximo de amortización superior al establecido en este apartado, determinando la amortización deducible en cada período impositivo conforme a la propuesta presentada.

Periodos impositivos anteriores al 1 de enero de 2014.

En tanto no sean aprobados reglamentariamente los nuevos coeficientes de amortización a los que se refiere la letra a) del apartado 2 del artículo 11 de la Norma Foral 24/1996, de 5 de julio, del Impuesto sobre Sociedades, serán de aplicación los coeficientes que se recogen en el cuadro de amortización efectiva de la Disposición Adicional de la Norma Foral 18/1993, de 5 de julio, de Medidas Fiscales Urgentes de apoyo a la inversión e impulso de la actividad económica. Todas las referencias efectuadas a las tablas de amortización en la normativa tributaria se entenderán realizadas a dichos coeficientes.

Tabla amortización recogida en la Disposición Adicional de la NF 18/1993, de 5 de julio:

Elementos patrimoniales Coeficiente anual máx. Años período máximo

Edificios para casa-habitación y oficina, uso comercial y/o de servicios

3

50

Edificios y pabellones para uso industrial

5

30

Instalaciones

15

10

Maquinaria para usos industriales

15

10

Maquinaria para otros usos

10

15

Buques y aeronaves

10

15

Autobuses, camiones, furgonetas y similares

20

8

Vehículos de turismo

20

8

Moldes, modelos, troqueles y matrices

33

5

Útiles y herramientas

30

5

Mobiliario

15

10

Equipos informáticos

25

6

Películas de vídeo para alquiler

50

3

Otros elementos no especificados

10

15