Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados es un impuesto de naturaleza indirecta con tres modalidades:

  • Transmisiones patrimoniales onerosas: se aplica en caso de transmisiones onerosas (mediante precio) Por ejemplo, la compraventa de un bien mueble o inmueble. También en otras operaciones, como la constitución de derechos reales (usufructos), arrendamientos o concesiones administrativas.

  • Operaciones societarias: se aplica a ciertos actos realizados por personas jurídicas (por ejemplo, la constitución o ampliación de capital de una sociedad mercantil)

  • Actos jurídicos documentados: se aplica cuando deban formalizarse documentos notariales (escrituras, actas y testimonios otorgados ante notario), mercantiles (fundamentalmente letras de cambio) y administrativos (anotaciones preventivas en registros públicos).

Compatibilidad entre modalidades:

Las tres modalidades son incompatibles; si un acto queda sujeto a operaciones societarias no queda sujeto a transmisiones patrimoniales onerosas y, a su vez, para que proceda el gravamen de Actos Jurídicos Documentados, es necesario que el acto de que se trate no esté sujeto a las otras dos modalidades (con excepción de la cuota fija de esta última modalidad, con la cual sí son compatibles las otras dos modalidades).

Compatibilidad con el IVA:

Con carácter general, no se aplica la modalidad “Transmisiones patrimoniales onerosas” cuando la operación sea realizada por un empresario o profesional en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional y esté, por tanto, sujeta a IVA.

Una excepción importante a esta regla es el caso de segundas transmisiones de bienes inmuebles por sujetos pasivos de IVA (ventas de inmuebles por empresarios que no sean sus promotores) que estén exentas en este impuesto, salvo que se renuncie a la exención.

A partir del 1 de septiembre de 2020, las autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se deberán confeccionar obligatoriamente utilizando el programa de ayuda desarrollado por el Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de la Diputación Foral de Álava.

 

Como excepción, las autoliquidaciones correspondientes a constitución de préstamos personales entre particulares se podrán confeccionar utilizando el modelo 600P en formato PDF rellenable.

600P Préstamos personales

 

(Orden Foral 334/2020, de 8 de julio, por la que se modifica la Orden Foral 661/2018, de 13 de noviembre, de aprobación de los modelos de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y establecimiento de las condiciones generales y del procedimiento para su presentación)

Los modelos relacionados con este impuesto son:

  • 600U Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados – Bienes inmuebles urbanos.

  • 600R Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados – Inmuebles rústicos.

  • 600M Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados – Bienes muebles y derechos.

  • 600P Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados – Préstamos, garantías y arrendamiento de inmuebles.

  • 600S Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados – Operaciones societarias.

  • 630 Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados – Documentos mercantiles y anotaciones preventivas.

  • 620TV Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados – Transmisión de vehículos usados 

Más información sobre las modalidades de presentación, plazos y documentación necesaria de cada modelo en el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

 

Norma Foral 11/2003, de 31 de marzo, del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Decreto Foral 66/2003 del Consejo de Diputados de 30 de diciembre, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Orden Foral 661/2018 del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 13 de noviembre. Aprobación de los modelos de autoliquidación Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y establecimiento de las condiciones generales y del procedimiento para su presentación. 

Orden Foral 334/2020, de 8 de julio, por la que se modifica la Orden Foral 661/2018, de 13 de noviembre, de aprobación de los modelos de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y establecimiento de las condiciones generales y del procedimiento para su presentación.

1.- Telemática, para profesionales autorizados:

2.- Presencial: Obligatorio el uso del programa de ayuda para la confección de autoliquidaciones. Como excepción, las autoliquidaciones correspondientes a constitución de préstamos personales entre particulares se podrán confeccionar utilizando el modelo 600P en formato PDF rellenable.
600P Préstamos personales

3.- Transmisión de vehículos usados