Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos
Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos
El Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre la entrega de residuos en vertederos para su eliminación, la entrega de residuos en instalaciones de incineración para su eliminación o valorización energética o la entrega de residuos en instalaciones coincineración de residuos para su eliminación o valorización energética.
Contribuyentes
Son contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que se refiere el apartado 3 del artículo 35 de la Norma Foral 6/2005, de 28 de Febrero, General Tributaria de Álava, que realicen la entrega de residuos.
Son sustitutos de los contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que se refiere el apartado 4 del artículo 35 de la Norma Foral 6/2005, de 28 de Febrero, General Tributaria de Álava, que sean gestores de los vertederos, de las instalaciones de incineración o coincineración de residuos, cuando sean distintas de las que realizan la entrega de residuos.
Normativa
Orden Foral 294/2023, de la diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 5 de mayo por la que se aprueba el modelo 593 “Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Autoliquidación.” y regular la inscripción en el registro territorial de los obligados tributarios por el Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Trámites relacionados con el impuesto
Modelo 593, Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Autoliquidación.