Impuesto sobre Las Transacciones Financieras

Es un impuesto de naturaleza indirecta que grava, en la forma y condiciones establecidas legalmente, las adquisiciones onerosas de acciones de sociedades españolas con una capitalización bursátil superior a 1.000 millones de euros.

Es contribuyente del Impuesto sobre las Transacciones Financieras el adquirente de los valores a que se refiere el artículo 4 Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 4/2022, del Consejo Gobierno Foral de 15 de marzo.

Los contribuyentes tributarán, cualquiera que sea el lugar en que tengan su domicilio fiscal, a la Diputación Foral de Álava en proporción al volumen de operaciones realizado en territorio alavés durante cada periodo de liquidación.

La proporción del volumen de operaciones realizada en territorio alavés durante cada periodo de liquidación se determinará en función del porcentaje que representa la base imponible del impuesto correspondiente a operaciones relativas a acciones de sociedades con domicilio social en territorio alavés respecto a la base imponible total de cada sujeto pasivo. Esta proporción se expresará en porcentaje redondeado en dos decimales.

Relación de sociedades con domicilio social en el Territorio Histórico de Álava cuyas acciones están sujetas al impuesto:

Ejercicio NIF Razón social ISIN Valor capitalización bursátil

2024

A01004324

VIDRALA SA

ES0183746314

2.742.364.775,00

 

Nota:

La presentación de autoliquidaciones por el impuesto en la Diputación Foral de Álava comenzará con las relativas a periodos de liquidación que se inicien a partir de 1 de enero de 2024.

Previamente se deberá tramitar el alta en el censo de contribuyentes de la Diputación Foral de Álava y, en el caso de que se vaya a actuar mediante representante fiscal, la inscripción de la relación de representación en el Registro de Representantes Voluntarios

Normativa

Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 4/2022, del Consejo Gobierno Foral de 15 de marzo. Aprobar el Impuesto sobre las Transacciones Financieras.

Orden Foral 433/2023, de la Diputada de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 22 de junio por la que se aprueba el modelo 604 de autoliquidación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras. 

Orden Foral 595/2023, de 19 de septiembre por la que se modifica la disposición final de la Orden Foral 433/2023, de 22 de junio que aprueba el modelo 604 de autoliquidación del Impuesto sobre las Transacciones Financieras. 

Trámites relacionados con el Impuesto